Los 16 meses de aplazamiento que casi nadie registró

El Reglamento (UE) 2026/1744, el Omnibus Digital sobre IA, aplazó el plazo de cumplimiento de los sistemas de IA de alto riesgo autónomos del Anexo III - es decir, las herramientas de selección de personal, los sistemas de puntuación crediticia y los sistemas de identificación biométrica que realmente usa la mayoría de las pymes - del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027, una prórroga de 16 meses que llegó mientras casi todos los empresarios leían un titular distinto.

El Consejo de la UE dio su visto bueno final el 29 de junio de 2026, el reglamento se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026 y entró en vigor el 27 de julio de 2026, apenas días antes del plazo original del 2 de agosto que reescribía en silencio.

Lo que no cambió: el etiquetado del artículo 50 ya es ley

El artículo 50 de la Ley de IA - las obligaciones de transparencia y etiquetado que exigen revelar el contenido generado por IA y las interacciones con chatbots - no fue tocado por el Omnibus Digital y entró en vigor exactamente según lo previsto el 2 de agosto de 2026, junto con las obligaciones de los proveedores de IA de propósito general (GPAI).

Ahí está la trampa: un empresario que solo escuchó que 'la Ley de IA se aplazó' y no siguió leyendo puede llevar tres semanas operando un chatbot de IA sin revelar o contenido de marketing generado por IA sin etiquetar, en incumplimiento directo de una norma que ya es exigible.

Los sistemas integrados del Anexo I siguen un reloj distinto

Los sistemas de alto riesgo del Anexo I - IA integrada en productos físicos como dispositivos médicos, maquinaria industrial y juguetes con IA - recibieron un aplazamiento distinto, de doce meses en lugar de dieciséis, moviendo su plazo de agosto de 2027 a agosto de 2028.

ObligaciónPlazo originalNuevo plazoCambio
IA de alto riesgo autónoma del Anexo III (selección de personal, crédito, biometría)2 de agosto de 20262 de diciembre de 2027Aplazada 16 meses
IA de alto riesgo integrada del Anexo I (dispositivos médicos, maquinaria, juguetes con IA)Agosto de 2027Agosto de 2028Aplazada 12 meses
Obligaciones de transparencia, etiquetado y GPAI del artículo 502 de agosto de 20262 de agosto de 2026Sin cambios, ya vigente

Los dos aplazamientos corren en relojes distintos y cubren productos distintos, así que un fabricante que integra IA en una máquina no puede tomar prestado el calendario del Anexo III, ni un proveedor de software de selección puede tomar prestado el del Anexo I.

Nueva línea roja: nudificadores y material de abuso infantil por IA, prohibidos

El mismo reglamento que aplazó dos plazos de cumplimiento introdujo también una nueva prohibición sin ningún aplazamiento: el artículo 5 ahora prohíbe los sistemas de IA diseñados para generar imágenes íntimas no consentidas, los llamados nudificadores, y el material de abuso sexual infantil generado por IA, con efecto desde la entrada en vigor del reglamento el 27 de julio de 2026.

Esta prohibición no tiene período de gracia ni despliegue escalonado, un contraste marcado con los plazos de varios años que el mismo texto concede a las categorías de alto riesgo.

Identifique la categoría antes de actuar en cualquier dirección

La única pregunta que merece la pena responder esta semana para cualquier empresa de la UE o el Reino Unido que use software de IA es en cuál de estas dos categorías encaja realmente la herramienta, porque actuar sobre la suposición equivocada tiene un coste real en ambas direcciones.

Una empresa que asume que toda la Ley de IA se aplazó corre el riesgo de operar un chatbot sin revelar o contenido de IA sin etiquetar después del 2 de agosto de 2026, en incumplimiento directo del artículo 50. Una empresa que entra en pánico por el Anexo III corre el riesgo de gastar en auditorías de herramientas de selección o crédito dieciséis meses antes de que el plazo realmente venza. Compruebe qué anexo cubre la herramienta concreta, no el nombre del reglamento, antes de decidir cuál aplica.