Lo que realmente se aplica hoy, y lo que se acaba de aplazar

La mayoría de la cobertura de mediados de 2026 sigue describiendo el Reglamento de IA de la UE como plenamente aplicable desde el 2 de agosto de 2026, y hasta tres semanas antes de esa fecha, era correcto. Una ley Omnibus, el Reglamento 2026/1744, entró en vigor el 27 de julio de 2026 y reescribió el propio calendario escalonado del Reglamento, aplazando la parte más costosa, las obligaciones de alto riesgo del anexo III sobre contratación, puntuación crediticia, seguros y usos similares, hasta el 2 de diciembre de 2027.

1 de agosto de 2024El Reglamento de IA entra en vigor; todavía no se aplica nada
2 de febrero de 2025Se aplican las prácticas prohibidas (artículo 5) y los deberes de alfabetización en IA
2 de agosto de 2025Se aplican las obligaciones de los proveedores de GPAI, los organismos de gobernanza y el régimen sancionador
2 de diciembre de 2026Se aplica la nueva prohibición de contenido íntimo no consentido generado por IA y de CSAM
2 de febrero de 2027Comienza la aplicación del etiquetado del artículo 50 para sistemas ya en el mercado antes de agosto de 2026
2 de diciembre de 2027Se aplican las obligaciones de alto riesgo del anexo III (aplazadas desde el 2 de agosto de 2026)
2 de agosto de 2028Se aplican las obligaciones de alto riesgo del anexo I (aplazadas desde el 2 de agosto de 2027)

Nada más del calendario original se ha movido. Las prácticas prohibidas y los deberes de los proveedores de GPAI no se han visto afectados, y una empresa que asumiera que todo el Reglamento llegaba en agosto de 2026 se equivoca en dos sentidos a la vez: sobre lo que ya le vincula y sobre un alivio real en la parte más cara.

Por qué llegó el aplazamiento, y por qué no es incondicional

La ley Omnibus siguió un camino legislativo normal: propuesta por la Comisión el 19 de noviembre de 2025, acordada en trílogo el 7 de mayo de 2026, aprobada por el Parlamento el 16 de junio de 2026, adoptada por el Consejo el 29 de junio de 2026 y firmada el 8 de julio de 2026, antes de entrar en vigor el 27 de julio. Su razón declarada para el retraso es que las normas técnicas armonizadas para los sistemas de alto riesgo no estaban listas a tiempo para que las empresas pudieran cumplirlas de verdad.

Las nuevas fechas no son unas vacaciones incondicionales de dos años: el aplazamiento está redactado como un límite duro ligado a una decisión de la Comisión que confirme que esas normas y orientaciones están realmente disponibles, con el cumplimiento exigible doce meses después de esa confirmación. Una empresa que planifique su presupuesto de cumplimiento de 2027 en torno al 2 de diciembre de 2027 debería tratarlo como la fecha más tardía, no como garantizada, ya que una confirmación más temprana de las normas podría adelantarla.

Lo que realmente es exigible hoy, con multas reales

Dos obligaciones ya conllevan todo el peso sancionador del Reglamento. La lista de prácticas prohibidas del artículo 5, que prohíbe entre otras cosas la puntuación social, la IA manipuladora con patrones oscuros, la recogida indiscriminada de datos de reconocimiento facial y el reconocimiento de emociones en el trabajo, se aplica desde febrero de 2025, con multas de hasta 35 millones de EUR o el 7 por ciento de la facturación mundial. Los deberes de transparencia y etiquetado del artículo 50, que cubren el contenido generado por IA y la divulgación de chatbots, también están ya en vigor, aunque la aplicación a los sistemas ya presentes en el mercado antes de agosto de 2026 disfruta de un periodo de gracia hasta el 2 de febrero de 2027.

Quien se limita a llamar a la API de un proveedor de modelos de vanguardia, sin entrenar uno propio, queda totalmente fuera del régimen de riesgo sistémico de los GPAI: ese nivel solo vincula a empresas cuyo propio cómputo de entrenamiento supere unos 10 elevado a 25 FLOPs, un umbral que la propia Comisión dice que hoy cuesta decenas de millones de euros alcanzar. La lista práctica para una empresa europea mediana es hoy más estrecha de lo que sugiere la mayor parte de la cobertura: confirmar que todo contenido de marketing generado por IA o chatbot lleva la divulgación exigida, confirmar que ninguna de sus herramientas se parece a la lista del artículo 5, y tratar el trabajo de conformidad del anexo III como un proyecto para 2027 con un plazo real pero condicional, no como una emergencia para 2026.

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