Qué decidió realmente el tribunal

El 9 de junio de 2026 la 26 Gran Sala de lo Penal del Tribunal Regional de Berlin I (Landgericht Berlin I), caso 526 OWi LG 1/20, redujo una multa que la autoridad de protección de datos de Berlin había impuesto al grupo inmobiliario Deutsche Wohnen en octubre de 2019. La sanción original ascendía a unos 14,5 millones de euros, una de las mayores multas del RGPD jamás dictadas en Alemania. El tribunal fijó la cifra final en 900.000 euros.

No fue una absolución. La sala concluyó que la empresa había infringido de forma intencionada las normas de minimización y limitación del plazo de conservación de datos del Artículo 5 del RGPD, al conservar registros de identidad y de pago de antiguos inquilinos mucho después de que hubiera desaparecido cualquier necesidad legal. La sentencia aún no es firme y ambas partes todavía pueden recurrir. Lo que cambió no fue la apreciación de la infracción, sino la magnitud de la consecuencia.

Por qué la cifra cayó tanto

La reducción se apoya en un principio que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (CJEU) estableció el 5 de diciembre de 2023: una multa del RGPD solo puede imponerse cuando la infracción se ha cometido con culpa, y el importe debe seguir siendo proporcionado. El tribunal de Berlin ponderó que las infracciones se situaban en la fase inicial del reglamento, cuando las propias autoridades de control aún se estaban adaptando, y que la empresa había recurrido a auditores externos, consultores y especialistas de TI e invertido en modernizar sus sistemas.

Así, el esfuerzo documentado por cumplir se convirtió en la palanca decisiva sobre la sanción. La misma conducta que una autoridad puede leer como demasiado lenta, un tribunal puede leerla como buena fe en condiciones difíciles. La diferencia entre 14,5 millones y 900.000 no fue un abogado más hábil. Fue un registro de diligencia que ya existía antes de que comenzara el litigio.

Por qué esto importa antes de agosto

A partir del 2 de agosto de 2026 empieza a aplicarse el régimen sancionador de la Ley de IA de la UE, con multas que pueden alcanzar los 35 millones de euros o el 7 por ciento del volumen de negocios mundial. Las autoridades que la apliquen se apoyan en el mismo marco europeo que el tribunal de Berlin acaba de utilizar: la culpa como requisito previo, la proporcionalidad y el reconocimiento de la diligencia demostrada. Las primeras multas por IA se fijarán como se fijó esta.

Para un propietario o una family office la lección es estrecha y concreta. La cifra de una notificación de la autoridad es un valor de partida, no uno definitivo, y lo que la mueve es la prueba que pueda aportar de una gobernanza que ya estaba implantada. Esa prueba se construye en periodos de calma y se documenta sobre la marcha, no se reúne una vez que ya ha comenzado una investigación.