Qué cambia el 27 de septiembre

Dos nuevas obligaciones se vuelven obligatorias para quien venda productos a consumidores de la UE el 27 de septiembre, bajo el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1960 de la Comisión.

Todo vendedor, en línea y en tienda física, debe mostrar un aviso armonizado que recuerde al cliente la garantía legal mínima de dos años. El aviso debe estar en un lugar destacado, medir al menos el tamaño A4 al imprimirse, ser a color en la versión en línea, y llevar un código QR escaneable que enlace a los derechos reales del consumidor.

La segunda obligación es voluntaria hasta que un fabricante la activa por su cuenta. Toda garantía comercial de durabilidad que sea gratuita, cubra el producto entero y dure más de dos años debe llevar ahora la etiqueta fija GARAN de la UE: un diseño con una marca de verificación, un icono de calendario y un código QR, impreso con un mínimo de 95 por 100 milímetros. Una marca que sigue anunciando 'tres años gratis' sin usar la etiqueta ya no hace una simple promesa comercial, hace una promesa para la que el reglamento ya exige un formato concreto.

Aviso de Garantía LegalEtiqueta GARAN de Durabilidad
Se aplica aTodo vendedor, toda ventaSolo garantías que cumplan los tres requisitos
Se activa porAutomático, sin condiciónGratuita, producto entero, más de dos años
Tamaño mínimoA4 al imprimirse95 x 100 mm al imprimirse
Debe mostrarResumen de la garantía de dos años, código QRTítulo GARAN, marca de verificación, calendario, código QR, duración

Una ley que veinte países aún no terminaron de escribir

El aviso y la etiqueta provienen de la Directiva sobre el Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Ecológica, adoptada en febrero de 2024, que los estados miembros debían transponer a su derecho nacional antes del 27 de marzo de 2026.

El 28 de mayo, la Comisión Europea abrió procedimientos de infracción contra veinte de los veintisiete estados miembros por no notificar una transposición completa: Bélgica, Bulgaria, Chequia, Estonia, Grecia, España, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Finlandia y Suecia. Cada estado recibió dos meses para responder, una ventana que se cerró alrededor del 28 de julio, unas siete semanas antes de que las tiendas deban cumplir de todos modos.

España está en la lista, y eso pesa sobre el comercio local

España figura entre los veinte estados que la Comisión nombró por no notificar la transposición completa a tiempo.

Para un vendedor con sede en España, eso significa que su propia autoridad nacional de consumo aún puede estar completando la ley que le dará las herramientas de aplicación, incluso mientras la obligación de mostrar el aviso y, cuando corresponda, la etiqueta GARAN, ya rige desde el 27 de septiembre por venir directamente del reglamento europeo.

Qué hace un vendedor de tecnología con doce días por delante

El primer paso práctico es una auditoría, no de la etiqueta en sí, sino de cada promesa de durabilidad que ya aparece en una ficha de producto o en un escaparate.

Las guías de cumplimiento que siguen la directiva de base sitúan la sanción máxima en el cuatro por ciento de la facturación anual de la empresa en los estados miembros afectados. La autoridad de aplicación nacional de un vendedor puede seguir esperando su propia ley terminada, pero el diseño de la etiqueta proviene de un reglamento de la UE de aplicación directa y no de ese texto nacional aún incompleto, así que la obligación en el estante y la preparación para hacerla cumplir corren en dos relojes distintos que solo parecen conectados.